El viernes 03 de julio en sesión del Consejo Nacional del Salario Mínimo, representantes del GOES y del sector trabajador aprobaron un incremento del 20% al salario mínimo; dicho aumento será obligatorio a partir del 01 de agosto del corriente año. De acuerdo con declaraciones de Casa Presidencial, en el caso de las mipymes será BANDESAL la institución que apoyará a estos entes económicos mediante un fideicomiso; posteriormente el Ministro de Hacienda señaló que dichos fondos provendrían del Fideicomiso para la Recuperación Económica de las Empresas Salvadoreñas (FIREMPRESA).

Esta modificación viene a impactar al sector productivo en un momento en el que todavía existe cierta inestabilidad a raíz de los estragos causados por la pandemia de COVID-19 donde muchas empresas aún están recuperándose. No obstante lo anterior, también debemos destacar que este aumento tiene otras implicaciones tales como:

  • Un aumento en las cuotas patronales y de empleados en ISSS, AFP y otros.
  • El incremento, a la vez, involucra un aumento en el cálculo de otras prestaciones laborales como vacaciones, aguinaldos, bonificaciones u otros.
  • Como tercer efecto genera un aumento en el cálculo de indemnizaciones para todas aquellas que se ejecuten después del 1 de agosto de 2021, especialmente para las empresas que practican la desvinculación anual de sus empleados.

Por último, incide en la forma de calcular embargos y multas como las contempladas en la Ley General de Medio Ambiente y otras cuyo criterio de cuantificación es el salarió mínimo.